Los artículos deportivos pueden ser considerados como parte de la franquicia de equipaje chequeado libre de cobro (según ruta y cabina pagada) siempre y cuando no exceda la franquicia permitida.
Adicionalmente para su transporte debe considerar lo siguiente:
En caso de exceder la franquicia de equipaje chequeado permitida, se cobrará exceso de equipaje de acuerdo a la política vigente para el equipaje regular.
Sólo los siguientes artículos no están permitidos como equipaje facturado, aún cuando cumplan con las condiciones anteriores. Estos sólo pueden ser transportados a través de LANCARGO:
IMPORTANTE:
Por razones de seguridad, en caso de bicicletas armadas, las manillas deben estar fijas en los laterales y los pedales deben ser retirados; de lo contrario deben ser envuelta/os con algún material que evite que dañe otros artículos.
La responsabilidad de LAN por daños por estos artículos está limitada a lo establecido en la ley y en los tratados internacionales vigentes.
NOTA:
*Entre los 23 y 45 kilos deberá pagar el exceso de equipaje normal de la ruta. Si pesa más de 45 kilos deberá ser enviado a través de LANCARGO* (excepto en conexiones con Iberia, British Airways, Qantas, vuelos hacia y desde Europa y Oceanía, donde el máximo de peso es 32 kgs.)