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Equipaje deportivo


A partir del 1 de diciembre de 2008:


Todo artículo deportivo será considerado como parte de la franquicia de equipaje facturado permitida (según ruta y cabina pagada); siempre y cuando:


En caso de exceder la franquicia de equipaje facturado permitida, se cobrará exceso de equipaje de acuerdo a la política vigente para el equipaje regular.

Sólo los siguientes artículos no están permitidos como equipaje facturado, aún cuando cumplan con las condiciones anteriores. Estos sólo pueden ser transportados a través de LANCARGO:


IMPORTANTE:
Por razones de seguridad, en caso de bicicletas armadas, las manillas deben estar fijas en los laterales y los pedales deben ser retirados; de lo contrario deben ser envuelta/os con algún material que evite que dañe otros artículos.

La responsabilidad de LAN por daños por estos artículos está limitada a lo establecido en la ley y en los tratados internacionales vigentes.

NOTA:
*
Entre los 23 y 45 kilos deberá pagar el exceso de equipaje normal de la ruta. Si pesa más de 45 kilos deberá ser enviado a través de LANCARGO